Indignación por el trato discriminatorio y desigual que pretende aplicar el banco Davivienda a sus trabajadores
Desde el punto de vista de nuestra organización sindical, un pilar fundamental del pliego se centra en avanzar en temas normativos, económicos y socioeconómicos de los trabajadores. Otro pilar importante, es garantizar el derecho a la negociación colectiva, es decir, el respeto a la representación sindical y que ésta se pueda llevar a cabo sin imposiciones por parte del empleador.
INFORME BANCO DAVIVIENDA
Indignación por el trato discriminatorio y desigual que pretende aplicar el banco Davivienda a sus trabajadores
Convencidos de la importancia que tiene la negociación Colectiva para los trabajadores de Davivienda, debido a que es fuente de regulaciones laborales objetivas que propugnan por el mejoramiento de la calidad de vida de todos los trabajadores y sus familias, el pasado 14 de mayo de la presente anualidad, nuestra organización sindical, denunció la vigencia de la convención colectiva suscrita por ACEB y el banco Davivienda.

En consecuencia, se presentó el pliego de peticiones, con el ánimo de entablar un diálogo productivo que llevara a construir entre las partes una nueva convención, posibilitando dar solución a las grandes dificultades que tienen los trabajadores, debido a la aplicación de normas extralegales, que no consultan las necesidades de los trabajadores ni las capacidades del empleador.
El referido pliego, contiene peticiones que involucran garantías en temas de suma importancia como vivienda, salud y educación, entre otros beneficios. Es importante recordar, que una de las funciones fundamentales de los sindicatos, sin lugar a duda, es la presentación de pliegos de peticiones, que impactan positivamente aspectos de las condiciones de trabajo y regula las diferencias que puedan presentarse entre las partes (empleadores y trabajadores) Art. 374, numeral 2, Código Sustantivo del Trabajo.
Desde el punto de vista de nuestra organización sindical, un pilar fundamental del pliego se centra en avanzar en temas normativos, económicos y socioeconómicos de los trabajadores. Otro pilar importante, es garantizar el derecho a la negociación colectiva, es decir, el respeto a la representación sindical y que ésta se pueda llevar a cabo sin imposiciones por parte del empleador.
Lo anterior, es de absoluta claridad por parte de DAVIVIENDA y es por ello, que adelantó la negociación del pacto colectivo, para imponer parámetros y condicionar al sindicato en sus aspiraciones y posteriormente, pretender que, bajo el sofisma de la igualdad, un tribunal decretase la asimilación de la posible convención al pacto, maniobra que busca negar el derecho a desarrollar la libre negociación que tienen los trabajadores por norma constitucional.
Nuestra aspiración como sindicato es que tanto el banco, como los trabajadores, a través del Ministerio del Trabajo, garanticen nuestros derechos y se fortalezca la Negociación Colectiva como herramienta pacífica de convivencia social entre trabajadores y empleadores, ya que el pacto colectivo que impulsa Davivienda, además de ser discriminatorio, porque viola el derecho a la igualdad, de asociación y de negociación colectiva.

Los tres derechos arriba referidos: derecho a la igualdad, de igualdad y de negociación colectiva, son los cimientos fundamentales en las regulaciones laborales y el hecho de desconocerlos, busca minar la estabilidad del sindicato y desestimular la sindicalización. La evidencia material de esta perversa política que ha implementado el banco se materializa en el hecho del otorgamiento del auxilio extralegal por firma del pacto colectivo, a los trabajadores no sindicalizados que estén adheridos a este, mientras que, dilatan la negociación con ACEB e imponen que dicha negociación se lleve a cabo de manera virtual, modalidad que no se encuentra regulada en nuestra legislación y que además, no brinda las garantías necesarias para la discusión de los puntos de nuestro pliego de peticiones.
De contera y para sumar elementos, el banco con fecha 23 de junio, hizo llegar a nuestros afiliados una amenaza escrita, en la que advierte que no realizará incrementos ni en los sueldos, ni los auxilios, como tampoco les hará extensiva la bonificación por firma, es decir los chantajea poniéndolos a pensar en la posible desafiliación al sindicato.
La invitación del banco a que nos sentemos a negociar virtualmente no es sincera, ya que esta obligación legal, la reducen a intentar que aceptemos el pacto colectivo impuesto, como ya lo hicieron otros sindicatos, que solo pretendían un auxilio sindical y unos permisos.
Debido a lo anterior, presentamos una acción de tutela el 27 de mayo, tendiente a que se nos proteja el derecho a la igualdad, de asociación y negociación colectiva conculcado por el banco y que por esta vía, se obligase al banco a negociar el pliego de manera presencial, como lo hizo con el pacto, pero infortunadamente la juez de primera instancia, no valoró adecuadamente el material probatorio aportado, desconociendo sin ruborizarse nuestros derechos claramente vulnerados y terminó acogiendo de manera íntegra la tesis del banco. Este fallo que oportunamente impugnamos y está pendiente de resolverse y esperamos que, en los términos de Ley, el juez de segunda instancia se prenuncie, reconociendo y concediéndonos el amparo de nuestros derechos, tema sobre el que el Dr. Juan Ernesto Galindo Córdoba, fechado 21 de junio del presente año, hace manifestación expresa que acatarán lo que determine el fallo de segunda instancia.
Asimismo, para acompañar las acciones legales, radicamos querella ante el Ministerio del Trabajo el pasado 08 de junio, con el fin de que se adelante una actuación administrativa que permita verificar el cumplimiento de las normas colectivas. Activándose así, los mecanismos de defensa establecidos por la Ley.
De otra parte y en vía a su estrategia antisindical, el banco pretende dar por instalada la mesa de negociación desde el 21 de mayo, por lo que, según sus cuentas, ya se vencieron los términos de la etapa de arreglo directo, no quedando mas según ellos, que someter el conflicto colectivo a un tribunal de arbitramento, en donde seguramente intentarán que el Ministerio de Trabajo, les haga el favor de archivar el pliego, por lo que nos oponemos enérgicamente a estas maniobras ilegales y exigimos inmediata negociación, a la vez que denunciamos el pacto colectivo como un acto contrario a la Constitución Nacional.
ACEB, es una organización sindical con más de 62 años de lucha en el sector financiero, firmantes de la mayoría de las convenciones colectivas bancarias, trabajamos por y para los trabajadores, llegamos al banco a mejorar las condiciones de vida y trabajo de los empleados al servicio de esta entidad, dado las condiciones de trato indigno y de abuso por parte de Davivienda, es por ello por lo que nuestra organización está en procura de que cesen.
Ahora bien, la tesis planteada por el banco de negarse a negociar de manera presencial es contradictoria y carece de lógica, ya que utiliza como excusa el tercer pico de la pandemia y alega aspectos de orden público, por la justa protesta social. No obstante, podemos observar que:
1) Las oficinas bancarias han permanecido abiertas durante todo este tiempo de pandemia con plantas de personal en promedio de 10 empleados y un aforo de público entrando y saliendo de las oficinas de aproximadamente 100 personas al día.
2) Oficinas cerradas, con áreas poco ventiladas y con los sistemas de bioseguridad básicos, sin embargo, el banco manifiesta que son áreas seguras para trabajar por contar con los protocolos de bioseguridad adecuados. Pero sí les parece muy riesgoso y susceptible al contagio reunirse en un salón de eventos amplio, con áreas ventiladas, con el cumplimiento de los protocolos de bio-seguridad, con desinfección cada dos horas y con un aforo de máximo 12 personas, para negociar el pliego de peticiones.
3) Negoció el pacto colectivo de manera presencial con los representantes de los trabajadores no sindicalizados, durante los días 26 al 30 de abril, estando en pleno pico la pandemia.
4) Todos los bancos donde se han desarrollado negociaciones colectivas se han realizado y se vienen realizando de manera presencial, tales como BANCO POPULAR, BANCOLOMBIA, BANCAMIA y BBVA. Igualmente, las entidades financieras como: BANCO DE BOGOTÁ, ITAÚ y SUDAMERIS han manifestado desarrollar las próximas negociones bajo la presencialidad y guardando los protocolos de bio-seguridad necesarios para dicha actividad.
5) La negociación colectiva virtual no se encuentra reglamentada en norma alguna, por tanto, no ofrece las garantías de seguridad, no genera confianza y no se puede desarrollar la dinámica propia de ella, tal y como se da en el proceso presencial.
Las razones esgrimidas por nuestra organización sindical tienen fundamentos más que suficientes y no obedecen a una posición intransigente, corresponde más bien, a la defensa de la dignidad ante los atropellos del banco y la violación a nuestros derechos fundamentales a la igualdad y al libre derecho de asociación sindical y negociación colectiva.
En cuanto, a la presunta “preocupación” que expresa Davivienda, en su comunicación recientemente enviada a los trabajadores afiliados a la ACEB, en el sentido que no se verán favorecidos por el plan de beneficios establecidos en el pacto colectivo a partir del mes de julio del 2021, debemos indicar que; Se materializa un acto vedado de presión indebida, configurándose con ello, las prohibiciones establecidas en el Art. 354 del Código Sustantivo del Trabajo. La mejor forma de evitarla es dándole cumplimiento a lo establecido en la normativa propias de la negociación, instalando mesa presencial.
La igualdad debe partir del respeto a la libre asociación y a la negociación colectiva y no de las oscuras prácticas de manipular a los trabajadores para negarles el derecho a mejorar sus condiciones de vida y de trabajo, por lo que convencidos de que nos asiste el derecho, agotaremos todas las instancias nacionales e internacionales de ser necesario, así como las acciones propias como organización sindical dentro del marco del derecho y la Ley para hacer valer los derechos de los trabajadores de Davivienda.
Hacemos un llamado fraterno a los trabajadores del banco Davivienda a mantenerse firmes y consecuentes, no retrocederemos en nuestras aspiraciones plasmadas en el pliego de peticiones, razón por la que no se apagará la luz de esperanza, concentrada en lograr unas mejores condiciones de trabajo y el fortalecimiento de nuestra organización sindical.
Compañero, compañera, no esperes más, afíliate a ACEB y ayuda a fortalecer la lucha por mejores condiciones de vida y trabajo.
¡VIVA NUESTRO JUSTO PLIEGO DE PETICIONES!
¡EXIGIMOS NEGOCIACION PRESENCIAL YA!
¡EXIGIMOS CESE LA VIOLACION A NUESTROS DERECHOS FUNDAMENTALES!
¡VIVA ACEB PRESENTE Y CONSECUENTE!